La más destacada jurisprudencia en la materia, entiende que la responsabilidad de los dueños de playas de estacionamiento, mall, supermercados, hipermercados, shoppings etc, resulta intransferible, y pretender enervarla resulta inviable frente a la reclamación efectuada por el titular de un vehículo automotor, que concurre a cualquiera de estos centros de compra con el objetivo de adquirir un determinado bien.
Esta obligación subsiste aun cuando la compra no se haya efectivizado en el interior del establecimiento por variadas circunstancias, no r...